">
Contacto: +56 22 671 71 96 / +56 22 688 32 33
EMOL: En medio de la discusión en torno a la modernización del Código del Trabajo, el Gobierno confirmó estar evaluando modificaciones a la indemnización por años de servicio. Actualmente el pago es regulado por el Artículo 163 de esta normativa, que señala que si el empleador termina el contrato de una persona que lleva un año o más desempeñándose en su labor, deberá pagar una indemnización por los años que ésta trabajó.
Estimados: Les compartimos el aviso PUBLICADO EN EL DIARIO LA NACIÓN el dia martes 4 de junio del presente PARA ACCEDER A LA INFORMACIÓN, PINCHE AQUÍ
SII: Encuentro fue solicitado por la propia autoridad, para escuchar directamente del gremio sus planteamientos acerca de la gestión del Servicio y buscar las mejores formas de fortalecer la colaboración mutua… PARA ACCEDER A LA INFORMACIÓN, PINCHE AQUÍ
Estimados colegiados: Les invitamos a ver y compartir este video por nuestra querida amiga y colegiada Sra. Viviana Morales.