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EMOL: En medio de la discusión en torno a la modernización del Código del Trabajo, el Gobierno confirmó estar evaluando modificaciones a la indemnización por años de servicio. Actualmente el pago es regulado por el Artículo 163 de esta normativa, que señala que si el empleador termina el contrato de una persona que lleva un año o más desempeñándose en su labor, deberá pagar una indemnización por los años que ésta trabajó.
Hoy fuimos invitados por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos (SII) a la presentación del Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario (PGCT) 2026. La actividad fue sumamente interesante y estuvo a cargo de la Directora Regional, la señora Ingrid Herrera, junto a los jefes de las áreas de Asistencia al […]
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Convenio Universidad SEK – CRM Colegio de Contadores de Chile A.G. El CRM de Colegio de Contadores de Chile A.G., en el marco de su compromiso con la formación continua y el desarrollo profesional de sus colegiados, y en virtud del Convenio de Colaboración Institucional vigente con la Universidad SEK, pone a disposición una oferta […]
